RESEÑA HISTORICA y NORMATIVIDAD VIGENTE.

Actualizado: 
2012 01 23 a las 19:05:56

Reseña Histórica del Condominio.
(Por solicitud de los abogados de la copropiedad algunos documentos no estan disponibles para el publico, estos deben solicitarse por escrito al administrador)
Esa se construyo a partir de una reunión de EXPRESIDENTES DE CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN y el la cual reconstruyó la historia del CONDOMINIO CAMPESTRE LA PRADERA.
En esta reunión participaron los ex presidentes del Condominio señores Jose A. Ochoa; Jose T Castañeda; Francisco Perez; Jorge A. Murcia, junto con el Gerente de PRORECREO LTDA.
En el año de 1986 se presentó ante la alcaldía municipal de Carmen de Apicalá los planos para la construcción de la Copropiedad Condominio Turístico Campestre la Pradera, autorización que fue concedida sobre los planos y diseños presentados por PRORECREO LTDA, los cuales están incluidos en la escritura pública 38** de 1986 de la notaria 18 de Bogotá (Se adjunta fotocopia autenticada del plano de la red de acueducto) y que fueron aprobados con la licencia de construcción 037 de 1986 (Copia de la misma está incluida en la escritura pública 38** de 1986  Documento en el folio **).
 
Hacia el año 1991, los propietarios comienzan a organizarse con el propósito de resolver varios temas prioritarios sobre la copropiedad, los cuales se concretaron en el año de 1994 cuando varios de los copropietarios se reunieron para iniciar la tomar la administración del Condominio ante el evidente fracaso de la gestión de PRORECREO LTDA en temas como:  

  • La falta de voz y voto de los propietarios del Condominio Turístico Campestre la Pradera en las decisiones del Club y del Condominio a pesar de ser socios.
  • El mal estado de las vías internas del Condominio Turístico Campestre la Pradera.
  • Las continuas e inexplicables suspensiones en el suministro de Agua. 
  • El tránsito de Volquetas por las calles del Condominio Turístico Campestre la Pradera sin la autorización de los propietarios del condominio, las cuales eran usadas en las obras para la construcción del Condominio Turístico Campestre la Pradera etapa II.
  • La desprotección de las casas del Condominio Turístico Campestre la Pradera, ya que no existían controles de acceso ni vigilancia para el mismo, a pesar de estar pagando las cuotas de administración (expensas comunes ordinarias).
  • Los maltratos verbales recibidos de los señores Gildardo Cardona Restrepo y Daniel Álvarez Representantes legales de PRORECREO LTDA y del Club Campestre la Pradera - Condominio Turístico Campestre la Pradera de forma respectiva en ese entonces.
En el año 1995 PRORECREO LTDA levantó una escritura pública en la cual establecían dentro del Condominio una servidumbre de paso a favor del Club, la cual nunca fue aprobada por los propietarios del Condominio (se adjunta fotocopia de la escritura **** de 1995), Asimismo, sin modificar el régimen de propiedad horizontal y por ende sin el consentimiento de los Copropietarios del Condominio Turístico Campestre la Pradera la sociedad PRORECREO LTDA a nombre de CORPORACION CLUB CAMPESTRE LA PRADERA modificó la red de suministro de agua para anexar los predios del Condominio Turístico Campestre la Pradera etapa II.
 
En el año de 1996 y como consecuencia de los hechos antes expuestos, la asamblea de copropietarios autorizó el inició de un proceso civil para asumir la Administración del Condominio Turístico Campestre la Pradera se presentó una demanda contra PRORECREO LTDA – CORPORACIÓN CLUB CAMPESTRE LA PRADERA para que este entregara la Administración del Condominio a los propietarios del Condominio Turístico Campestre la Pradera, situación que culminó con una conciliación en la cual se acordó:

  1. Que los propietarios Administran el Condominio Turístico Campestre la Pradera.
  2. Que la administración de la planta de agua y pozos de oxidación estaría a cargo de PRORECREO LTDA.
  3. Que PRORECREO LTDA construiría una vía fuera del Condominio Turístico Campestre la Pradera, en reemplazo de la servidumbre creada por ellos.
  4. Que se realizaría una cerca viva en el perímetro del Condominio Turístico Campestre la Pradera.
  5. PRORECREO LTDA a nombre de CORPORACIÓN CLUB CAMPESTRE LA PRADERA cedió un terreno de 35 metros cuadrados para la construcción de la caseta de vigilancia del Condominio en la zona conocida como el triángulo, la cual está ubicada en la entrada del Condominio Turístico Campestre la Pradera.
  6. Consecuencia de esta conciliación se solicitó la personería Jurídica del Condominio y el NIT del mismo.
Entre los años 1998 y 2001, se presentaron varias propuestas para la recuperación de las plantas de tratamiento de agua potable, ya que era evidente el deterioro y abandono al que PRORECREO LTDA - CORPORACIÓN CLUB CAMPESTRE LA PRADERA sometían estas instalaciones, las cuales no fueron acogidas por PRORECREO LTDA, ya que estas implicaban desembolso de dinero de su parte. Adicionalmente se acordó la venta de un terreno de 40 metros cuadrados, adicionales al previamente entregado para la construcción de la sede social. Asimismo, se acordó el uso de una casamata localizada frente al interior 19 del Condominio Turístico Campestre la Pradera para que esta sirviera como cuarto de insumos y herramientas de la copropiedad.

En el año 2001 LA CORPORACION CLUB CAMPESTRE LA PRADERA (Quedando esta sin los activos conocidos por los asociados) realizó  la venta de sus activos al señor JOSE GILDARDO CARDONA CASTAÑEDA quien realizó un desenglobe de sus predios, pero no efectuó la entrega de las áreas cedidas a la copropiedad en fechas previas.

En los años 2004 y 2005, se realzó la actualización del Régimen de Propiedad Horizontal (P.H) con el propósito de dar cumplimiento a lo establecido en la ley 675 de 2001 y por ende poder iniciar los procesos de cobro ejecutivo por los saldos en mora.

En el desarrollo de la modificación del Régimen de P.H. se adelantaron varias reuniones con presencia de los representantes de PRORECREO LTDA – CORPORACION CLUB CAMPESTRE LA PRADERA, y producto de estas se presentó a la asamblea de copropietarios el proyecto de régimen común actualizado en el cual sobre salen los siguientes cambios:

a)    Se cambia el nombre de la copropiedad a Condominio Campestre la Pradera.
b)    No se efectuó sesión alguna de las áreas comunes de la copropiedad.
c)    No se efectúo la exención de las unidades privadas de la copropiedad localizadas en la manzana G que figuran a nombre de PRORECREO LTDA.

El proyecto aprobado por la Asamblea de Copropietarios fue elevado a la escritura pública 9965 de 2005 radicada en la notaria 18 de la ciudad de Bogotá D.C.
En el periodo comprendido entre los años 2005 a 2007, se realizaron negociaciones con la Junta de Acción Comunal de la Vereda La Antigua (Municipio de Carmen de Apicalá) para la adquisición de puntos conexión a la red del acueducto, a favor de los Copropietarios del Condominio Campestre la Pradera, lo anterior ante el pésimo estado que presentaban las instalaciones que eran administradas por PRORECREO L.T.D.A. – CORPORACION CLUB CAMPESTRE LA PRADERA. Negociación que fracasó y consecuencia de esto solo nueve predios de la Copropiedad cuentan con este servicio ya que sus propietarios adelantaron esta compra por gestiones individuales.

En los años 2007 a 2008 se realizaron acuerdos de pago con PRORECREO –CORPORACIÓN CLUB CAMPESTRE LA PRADERA en los cuales se expandió el área cedida al Condominio a 260 metros cuadrados, los cuales no se han escriturado a la fecha. Adicionalmente se recibieron en dación de pago los predios 099 y 103, los cuales no han sido traspasados a la copropiedad.
 
En la asamblea de abril de 2008 se presentó a la asamblea un informe sobre unos faltantes de áreas comunes en la copropiedad, los cuales debía reintegrar PRORECREO – CORPORACIÓN CLUB CAMPESTRE LA PRADERA, asunto que fue pospuesto para una asamblea en el mes de junio del mismo año y que PRORECREO – CORPORACIÓN CLUB CAMPESTRE LA PRADERA solicito aplazar para septiembre de ese año fecha en la cual presentaría una propuesta, la cual no se dio en la fecha acordada. Situación que forzó al Consejo de Administración a solicitar una audiencia de conciliación, proceso que se adelantó en el centro de conciliación resolver y que fue abandonado por los representantes de la personas jurídicas antes citadas sin presentar propuesta alguna.
 
En las asambleas del año 2009, se suspendió la facultad que el administrador tenia de realizar condonaciones de interés en los acuerdos de pago y se determinó que todos los casos de mora superiores a 3 meses se deben remitir a cobro ejecutivo, los cuales se iniciaron con tres diferentes firmas de abogados dado el elevado número de propietarios en mora. En este año se adquirió una electro-bomba para suministrar el agua potable a la copropiedad debido al abandono al que fue sometida por parte de PRORECREO – CORPORACIÓN CLUB CAMPESTRE LA PRADERA, entidades a las que le fue revocado el derecho de administrar la operación del suministro de agua al Condominio.
 
En el campo laboral se iniciaron los tramites para la aprobación del  Reglamento Interno de Trabajo y del Reglamento de Higiene y Seguridad Industrial, los cuales fueron aprobados por el Ministerio de Protección Social.
 
Debido a la jornada invernal se presentó un deterioro de las obras realizadas en años anteriores para la recuperación de la vía de acceso, situación que forzó a varios vecinos de la Vereda Bolivia a trabajar en la recuperación del terreno afectado, obra que contó con aportes realizados por la Administración del Condominio (Para evitar fraudes ya que personas que no intervinieron en estas obras de forma inescrupulosas pedían dinero).
En el año 2010 se iniciaron los secuestros de inmuebles para su posterior remate, asimismo se asumio el control del mantenimiento de la Motobomba y se continuó con el mantenimiento de la red de acueducto interna.
 
En abril del año 2010 fueron agredidos los trabajadores de la copropiedad y se forzó el desplazamiento del personal  los equipos de mantenimiento, acto sobre el cual se instauro una querella con base en lo establecido en el código de policía del Tolima, a fin de restitur los terrenos invadidos por las vías de hecho.
En el año 2011. Se adquirió la motobomba disel que surte de agua a la copropiedad; Se recupero en tres ocaciones la vía de acceso y Se reparó el pozo séptico, y se inicio la restitución lo los predios invadidos, entre esto se demolió una cerca viva con la que se pretendía legalizar la invasión de áreas comunes en una exención de 300 metros cuadrados aproximadamente.

En la actualidad el CONDOMINIO CAMPESTRE LA PRADERA esta identificado asi: (Haga click sobre el documento para acceder al mismo)

 
NOTA ACLARATORIA: A la fecha el CONDOMINIO CAMPESTRE LA PRADERA no posee ninguna relación con las actividades comerciales de LA CORPORACIÓN CLUB CAMPESTRE LA PRADERA, SOCIEDAD PRORECREO LTDA Y/O (MARIO ENRIQUE CARDONA CASTEAÑEDA - GILDARDO CARDONA CASTEAÑEDA - JHON FREDY CARDONA CASTEAÑEDA).
Escritura publica 9965 del 24 de octubre de 2005 (adecuación ley 675)
Escritura publica 2121 del 20 de febrero de 2006 (Aclaración de escritura)
Matricula inmobiliaria de las áreas comunes.
Concepto de registrador de instrumentos publicos sobre titularidad de áreas comunes

REGISTRO ÚNICO TRIBUTARIO
Personería jurídica.  - Representación legal.
Resolución de facturación vigente. (Aprobada por la DIAN)
Reglamento interno de trabajo vigente (Aprobado por MINPROTECCIÓN).
Reglamento de Higiene y Seguridad Industrial vigente. (Aprobado por MINPROTECCIÓN

Actas asambleas
 

REGISTRO DE PROPIETARIOS EN LINEA